El portal de empleo para las personas con discapacidad

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Marco legal

La Rioja aprueba nuevas regulaciones para promover la inserción laboral de las personas con discapacidad 

El Decreto 51/2008, de 5 de septiembre, para el acceso al empleo público de las personas con discapacidad mejora las iniciativas anteriores y concreta una serie de medidas orientadas a introducir condiciones específicas que procuren la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad a la hora de acceder a los empleos públicos

Ámbito de aplicación

De conformidad con su artículo 1, el Decreto se aplica a todas aquellas personas que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, o que tengan tal consideración en los términos que establece el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Del mismo modo, el Decreto se aplica a los procesos selectivos para el ingreso en los cuerpos y escalas de personal funcionario y categorías profesionales de personal laboral de la Administración Pública de La Rioja convocados con posterioridad a su entrada en vigor (11/09/2008) que se encuentren en su ámbito de aplicación (Disposición Transitoria). Los procesos selectivos del personal docente y estatutario de instituciones sanitarias se regirán por las normas específicas que les sean aplicables, y supletoriamente por este Decreto.

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