El portal de empleo para las personas con discapacidad

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Nuevo marco para el empleo de personas con discapacidad

Otros cambios de interés

Trabajadora con discapacidad

En el nuevo marco en el que se moverá el empleo de trabajadores con discapacidad tiene un pivote importante en las medidas incentivadoras, antes descritas, que desde la Administración en colaboración con este sector se han implantado. No obstante existen novedades que inciden sobre tanto en estos incentivos, como en el cumplimiento de la cuota de reserva por las empresas obligadas a ello.




Así pueden destacarse:

  • Medidas alternativas al cumplimiento de la cuota de reserva legal. La cuota de reserva para trabajadores con discapacidad (2% de la plantilla) en empresas con más de 50 trabajadores, continua siendo un pilar fundamental en el fomento del empleo de este colectivo. No obstante, existen Medidas Alternativas, con las que el empresario puede cubrir la cuota de personal discapacitado, cuando no puede de forma excepcional cumplir con dicha cuota. Estas son las alternativas.
    • Contratar bienes o servicios a través de Centros Especiales de Empleo.
    • Contratar personal en un enclave laboral.
    • Hacer donaciones.
    • Crear un enclave laboral.
  • Desde la óptica de la reserva legal de contratar a trabajadores discapacitados como medida de impulso al empleo, se han introducido cambios legislativos que por primera vez tipifican de manera autónoma como infracción grave el incumplimiento por parte del empresario de la cuota de reserva o de las medidas alternativas correspondientes. La sanción que corresponde a este tipo de infracción va de 300,51 a 3.005,06 euros y la inhabilitación para contratar con las Administraciones Públicas.
  • Como medida de lucha contra el fraude, se condiciona la obtención de beneficios en las cotizaciones a la Seguridad Social al suministro por parte de las empresas de determinados datos (inscripción, afiliación, altas y bajas, etcétera) en soporte informático.
  • En cuanto a las empresas que disfruten de bonificaciones de cuotas de Seguridad Social deberán acreditar ante el INEM el mantenimiento del derecho a la bonificación, aportando la documentación justificativa, por aplicación de determinadas normas entre ellas el Real Decreto 1445/1982, de 25 de junioAbre en ventana nueva, que regula diversas medidas de fomento de empleo, entre las que destaca, siquiera residualmente, los contratos bonificados de discapacitados realizados por la empresa ordinaria con anterioridad al Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayoAbre en ventana nueva. Esta obligación no afecta al resto de los contratos bonificados de personas con discapacidad que han quedado excluidos del control citado. El Real Decreto 364/2005 , de 8 de abrilAbre en ventana nueva, por el que se simplifican y agilizan los procesos que dificultan la aplicación de las Medidas Alternativas. Deroga el RD 27/2000 en su totalidad y la OM en cuanto se oponga a este RD.
  • Igualmente, y por la relación directa sobre los incentivos que se perciban por el empresario que contrate a trabajadores discapacitados, en el ámbito de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS) se consideran infracciones muy graves: obtener o disfrutar indebidamente subvenciones o ayudas de fomento del empleo o cualesquiera establecidas en programas de apoyo a la creación de empleo o formación profesional ocupacional, y la no aplicación, o la desviación en la aplicación de las ayudas económicas de fomento del empleo percibidas por los trabajadores. Este nuevo escenario del empleo de discapacitados en España, se complementa con los beneficios con los que empresario cuenta en diversas modalidades contractuales para este colectivo (contratos formativos y en prácticas), y con las medidas que flexibilizan e impulsan la formación para empleo de este colectivo, que coadyuvan de forma definitiva en su integración laboral, así como aquellos aspectos del Acuerdo entre el MTAS y el CERMI aún pendientes de articular.
  • En definitiva todo un conjunto de nuevas medidas que tiene por objeto establecer un contexto laboral coherente y adaptado a las potencialidades de los trabajadores discapacitados y a las nuevas necesidades del mercado, activando el empleo de este colectivo como vía más adecuada para su integración social. Impulso al que a su vez se le asocia un mejor tratamiento fiscal.

Más información en: Dirección de Marketing Estratégico, Comercial y Medidas AlternativasAbre en ventana nueva.



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